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Ordenanza reguladora de ayudas económicas para ESTUDIOS ( educación infantil, primaria, educacion secundaria obligatoria y POSTERIORES A LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA).

 

 (ASPECTOS BÁSICOS)

ARTÍCULO 1º-OBJETO.

1. La presente ordenanza tiene por objeto la regulación de las ayudas económicas municipales a los alumnos que estando empadronados en el municipio de Sardón de los Frailes, reunan los demás requisitos establecidos en la misma.

 

2. Los estudios incluidos en esta Ordenanza son:

a) Educación Infantil

b) Educación Primaria.

c) Educación Secundaria Obligatoria

d)Estudios posteriores a la Educación Secundaria Obligatoria:

1)    Bachillerato;

2)    Formación Profesional Específica de Grado Medio.

3)    Enseñanzas de régimen especial: Artes plásticas y Diseño, Música, Danza, Conservación y Restauración de bienes culturales, Arte Dramático, Idiomas y Carrera Militar.

4)    Educación Universitaria: Primer y Segundo ciclo.

 

ARTÍCULO 2. BENEFICIARIOS.

 

1. La ayuda se destinará a la unidad familiar en la que existan personas que cursen estudios de los señalados en el artículo anterior. Se entenderá como unidad familiar, a efectos de estas ayudas, la formada por los padres o tutores legales con los hijos estudiantes dependientes de ellos, o la formada por el estudiante, con su cónyuge o pareja e hijos dependientes.

 

La unidad familiar del estudiante, así como el mismo estudiante, en el momento de presentar su solicitud, deberá hallarse empadronada en el municipio de Sardón de los Frailes con al menos tres años de antelación a la fecha de la solicitud, y encontrarse al día en todas sus obligaciones con el Ayuntamiento.

 

2. Será requisito indispensable para el pago efectivo de la ayuda que las personas beneficiarias señaladas anteriormente continúen empadronadas en el Municipio en el momento de dictarse la resolución de concesión de la ayuda.

 

ARTÍCULO 3. CUANTIA DE LAS AYUDAS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:

 

1. Para estudios incluidos en el ciclo de educación infantil se concederá una ayuda única de 300 € anuales por alumno y curso.

2. Para estudios incluidos en el ciclo de educación primaria se concederá una ayuda única de 300 € anuales por alumno y curso.

3. Para estudios incluidos en el ciclo de educación secundaria obligatoria se concederá una ayuda única de 500 € anuales por alumno y curso.

4. Para estudios posteriores a la educación secundaria obligatoria se concederá una ayuda única de 2.000 € anuales por alumno y curso.

 

 

 


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